Facturación

    Datos obligatorios en una factura en España: checklist completo

    Lista completa de los datos obligatorios que debe incluir toda factura en España según la normativa vigente. Checklist descargable y errores a evitar.

    17 de abril de 20268 min de lectura

    Una factura que no contenga todos los datos obligatorios puede ser rechazada por el cliente, no ser deducible fiscalmente e incluso acarrear sanciones de la AEAT. La normativa española (en particular el Real Decreto 1619/2012, que aprueba el Reglamento de facturación) establece con detalle qué información debe incluir cada tipo de factura. En esta guía te presentamos el checklist completo de datos obligatorios, diferenciamos entre factura completa y simplificada, y señalamos los errores más frecuentes.

    Toda factura y sus copias contendrán los datos o requisitos que se citan a continuación, sin perjuicio de los que puedan resultar obligatorios a otros efectos y de la posibilidad de incluir cualesquiera otras menciones.

    — Artículo 6 del Real Decreto 1619/2012

    Checklist de datos obligatorios: factura completa

    La factura completa (también llamada factura ordinaria) es el tipo más habitual y el que más requisitos tiene. Todos estos datos son obligatorios según el artículo 6 del RD 1619/2012:

    Número de factura: correlativo dentro de una serie, sin saltos ni duplicados
    Fecha de expedición: día en que se emite la factura
    Fecha de operación: si es diferente a la de expedición
    Nombre y apellidos o razón social del emisor
    NIF del emisor
    Domicilio fiscal del emisor
    Nombre y apellidos o razón social del destinatario
    NIF del destinatario
    Domicilio fiscal del destinatario
    Descripción de las operaciones: bienes entregados o servicios prestados
    Base imponible: importe antes de impuestos, por cada tipo de IVA
    Tipo impositivo de IVA aplicado (21%, 10%, 4% o exento)
    Cuota de IVA: importe resultante de aplicar el tipo a la base
    Importe total de la factura
    Retención de IRPF (si aplica): tipo y cuota

    Ejemplo de cada dato obligatorio

    Número de facturaFA-2026/0042 (serie + número correlativo)
    Fecha de expedición17 de abril de 2026
    Fecha de operación15 de abril de 2026 (si difiere de la expedición)
    Nombre del emisorMaría López García / Tecnología Avanzada SL
    NIF del emisor12345678A / B12345678
    Domicilio del emisorC/ Gran Vía 28, 28013 Madrid
    Nombre del destinatarioPedro Sánchez Ruiz / Consulting Digital SL
    NIF del destinatario87654321B / B87654321
    DescripciónDesarrollo de página web corporativa — 40 horas
    Base imponible2.000,00 €
    Tipo de IVA21%
    Cuota de IVA420,00 €
    Retención IRPF15% = 300,00 € (si es profesional)
    Importe total2.120,00 € (2.000 + 420 − 300)

    Factura completa vs factura simplificada

    El RD 1619/2012 distingue entre la factura completa (art. 6) y la factura simplificada (art. 7), que sustituye al antiguo "ticket". La factura simplificada tiene menos requisitos, pero solo puede emitirse en determinados supuestos y con un importe máximo de 400 € (o 3.000 € en ciertos sectores).

    DatoFactura completaFactura simplificada
    Número y serieObligatorioObligatorio
    Fecha de expediciónObligatorioObligatorio
    Fecha de operaciónSi difiereSi difiere
    NIF y nombre del emisorObligatorioObligatorio
    Domicilio del emisorObligatorioNo obligatorio
    NIF del destinatarioObligatorioSolo si lo solicita el cliente
    Nombre del destinatarioObligatorioSolo si lo solicita el cliente
    Domicilio del destinatarioObligatorioNo obligatorio
    Descripción de operacionesDetalladaGenérica permitida
    Base imponible por tipo IVAObligatorio (desglosada)Obligatorio o contraprestación total
    Tipo de IVAObligatorio (desglosado)Obligatorio si hay varios tipos
    Cuota de IVAObligatorio (desglosada)Incluida en el precio o desglosada
    Importe totalObligatorioObligatorio
    Retención IRPFSi aplicaNo habitual
    Importe máximoSin límite400 € (3.000 € sectores autorizados)

    Datos adicionales según el tipo de operación

    Además de los datos generales, ciertas operaciones requieren menciones adicionales obligatorias en la factura:

    • Operaciones exentas de IVA: debe indicarse el artículo de la Ley del IVA que justifica la exención (p. ej., "Exento según art. 20.1.26º LIVA")
    • Inversión del sujeto pasivo: mención obligatoria "Inversión del sujeto pasivo" (art. 84.Uno.2º LIVA)
    • Régimen especial de bienes usados: "Régimen especial de bienes usados"
    • Régimen especial de agencias de viaje: mención correspondiente
    • Operaciones intracomunitarias: NIF-IVA del destinatario y mención "Entrega intracomunitaria exenta"
    • Factura rectificativa: indicar que es rectificativa, la factura original rectificada y el motivo de la rectificación

    Errores frecuentes en las facturas

    Los 7 errores más comunes

    Estos errores pueden hacer que tu factura sea no válida fiscalmente, impidiendo la deducción del IVA al receptor: omitir el NIF del destinatario, no desglosar la base y la cuota de IVA, saltar números en la serie, emitir la factura fuera de plazo, no incluir la retención de IRPF cuando es obligatoria, confundir factura simplificada con completa y no indicar la mención de exención o inversión del sujeto pasivo.

    Datos obligatorios con Veri*factu

    Con la entrada en vigor del Reglamento Veri*factu (RD 1007/2023), las facturas emitidas desde un software certificado deberán incluir, además de los datos tradicionales, los siguientes elementos:

    • Código QR de verificación enlazado a la AEAT
    • Frase "Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT" (o similar)
    • Identificador del software que ha generado la factura

    Preguntas frecuentes

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