Modelos trimestrales autónomos: guía 303, 130 y 111
Guía completa de los modelos trimestrales para autónomos: 303 (IVA), 130 (IRPF) y 111 (retenciones). Cómo rellenarlos y cuándo presentarlos.
Los modelos trimestrales son las declaraciones fiscales que todo autónomo en España debe presentar ante la AEAT cada tres meses. Los más importantes son el modelo 303 (IVA), el modelo 130 (pago fraccionado del IRPF) y el modelo 111 (retenciones a trabajadores y profesionales). En esta guía te explicamos qué es cada uno, quién está obligado a presentarlo y cómo rellenarlo paso a paso.
Resumen de los tres modelos principales
| Modelo | Impuesto | ¿Quién lo presenta? | Periodicidad | Resumen anual |
|---|---|---|---|---|
| 303 | IVA | Todos los autónomos sujetos a IVA | Trimestral | Modelo 390 |
| 130 | IRPF (pago fraccionado) | Autónomos en estimación directa | Trimestral | Declaración de la Renta |
| 111 | IRPF (retenciones) | Autónomos con empleados o que paguen a profesionales | Trimestral | Modelo 190 |
| 115 | IRPF (alquileres) | Autónomos que paguen alquiler de local | Trimestral | Modelo 180 |
| 131 | IRPF (módulos) | Autónomos en estimación objetiva | Trimestral | Declaración de la Renta |
| 349 | IVA intracomunitario | Operaciones con otros países de la UE | Trimestral | No tiene |
4
Presentaciones al año por modelo
20 días
Plazo desde fin de trimestre
3
Modelos obligatorios mínimos
200€
Sanción por presentación tardía
Modelo 303: Autoliquidación del IVA
El modelo 303 es la declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). En él declaras el IVA que has cobrado a tus clientes (IVA repercutido) y restas el IVA que has pagado en tus compras y gastos (IVA soportado deducible). La diferencia es lo que ingresas a Hacienda o lo que Hacienda te devuelve.
¿Quién debe presentar el modelo 303?
Todos los autónomos y empresas que realicen actividades sujetas a IVA. Están exentos los profesionales que prestan servicios exentos de IVA (sanitarios, educativos, seguros, etc.) siempre que no realicen ninguna otra actividad sujeta.
Cómo rellenar el modelo 303 paso a paso
Identificación y periodo
Indica tu NIF, nombre o razón social, y el periodo de liquidación (1T, 2T, 3T o 4T del año correspondiente).
IVA devengado (casillas 01-09)
Declara las bases imponibles y cuotas de IVA repercutido, separadas por tipo impositivo: 21% (general), 10% (reducido) y 4% (superreducido). En la casilla 01 va la base imponible al 21%, en la 02 la cuota, en la 03 la base al 10%, etc.
IVA deducible (casillas 28-44)
Indica el IVA soportado deducible en tus compras y gastos de actividad. Casilla 28: base imponible de bienes y servicios interiores. Casilla 29: cuota deducible. Casilla 36: bienes de inversión.
Resultado (casillas 46-71)
Casilla 46 = IVA devengado total - IVA deducible total. Si es positivo, debes ingresar esa cantidad a Hacienda. Si es negativo, se compensa con trimestres posteriores (excepto en 4T, donde puedes solicitar devolución).
Compensaciones y resultado final
Si en trimestres anteriores el resultado fue negativo (a compensar), resta esas cantidades en la casilla 67. El resultado final de la casilla 71 es lo que pagas o queda a compensar.
Casillas más importantes del 303
Modelo 130: Pago fraccionado del IRPF
El modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF que deben presentar los autónomos en estimación directa (normal o simplificada). Es un adelanto trimestral del IRPF que se regulariza con la declaración de la Renta anual. El cálculo es sencillo: se aplica un 20% sobre el rendimiento neto acumulado desde el inicio del año, restando los pagos fraccionados ya realizados y las retenciones soportadas.
¿Estás exento del modelo 130?
No tienes que presentar el modelo 130 si al menos el 70% de tus ingresos del año anterior fueron objeto de retención o ingreso a cuenta. Es decir, si la mayoría de tus clientes son empresas o profesionales que ya te retienen IRPF en sus facturas.
Cómo rellenar el modelo 130
Casilla 01: Ingresos computables acumulados
Suma todos tus ingresos por actividad económica desde el 1 de enero hasta el último día del trimestre que estás declarando. Se acumulan trimestre a trimestre.
Casilla 02: Gastos deducibles acumulados
Suma todos tus gastos deducibles de la actividad en el mismo periodo acumulado. Incluye cuotas de autónomos, suministros, material, amortizaciones, etc.
Casilla 03: Rendimiento neto (01 - 02)
Resta los gastos de los ingresos. Este es tu rendimiento neto acumulado del ejercicio.
Casilla 04: 20% del rendimiento neto
Aplica el 20% sobre el rendimiento neto de la casilla 03. Si el rendimiento es negativo, pon cero.
Casilla 05: Pagos fraccionados anteriores
Indica la suma de los pagos fraccionados ya ingresados en trimestres anteriores del mismo ejercicio.
Casilla 06: Retenciones soportadas
Suma las retenciones de IRPF que tus clientes te han practicado en tus facturas desde el inicio del año.
Casilla 07: Resultado (04 - 05 - 06)
Resta los pagos anteriores y las retenciones del 20% calculado. Si el resultado es positivo, es lo que debes ingresar. Si es negativo o cero, presentas el modelo pero sin ingreso.
Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta
El modelo 111 declara las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF que has practicado a terceros. Se presenta si durante el trimestre has pagado nóminas a empleados, facturas a profesionales con retención (abogados, asesores, etc.), u otros rendimientos sujetos a retención. Es decir, no es un impuesto que tú pagas, sino un impuesto que tú retienes a otros y debes ingresar a Hacienda.
¿Cuándo NO presentas el modelo 111?
Si eres autónomo sin empleados y no pagas facturas a otros profesionales con retención, no tienes que presentar el modelo 111. Solo lo presentas si retienes IRPF a terceros.
Tipos de retención más comunes
| Concepto | Tipo de retención | Casillas en el 111 |
|---|---|---|
| Nóminas de empleados | 2% al 47% según tablas | Casillas 01-03 |
| Facturas de profesionales | 15% (7% nuevos autónomos) | Casillas 07-09 |
| Administradores societarios | 35% (19% en microempresas) | Casillas 13-15 |
| Premios y concursos | 19% | Casillas 22-24 |
| Cursos, conferencias | 15% | Casillas 07-09 |
Plazos de presentación en 2026
| Trimestre | Periodo | Plazo de presentación | Último día |
|---|---|---|---|
| 1T 2026 | Enero - Marzo | Del 1 al 20 de abril de 2026 | 20 de abril |
| 2T 2026 | Abril - Junio | Del 1 al 20 de julio de 2026 | 20 de julio |
| 3T 2026 | Julio - Septiembre | Del 1 al 20 de octubre de 2026 | 20 de octubre |
| 4T 2026 | Octubre - Diciembre | Del 1 al 30 de enero de 2027 | 30 de enero de 2027* |
El 4T tiene un plazo distinto
El cuarto trimestre tiene plazo extendido hasta el 30 de enero (en lugar del día 20) porque coincide con la presentación de los resúmenes anuales (modelos 390, 190, 180). Si el último día cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se extiende al siguiente día hábil.
Documentación necesaria antes de presentar
Preguntas frecuentes sobre los modelos trimestrales
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