Veri*factu

    Veri*factu vs factura electrónica: diferencias clave

    ¿Veri*factu y factura electrónica son lo mismo? Te explicamos las diferencias clave entre ambos sistemas, quién debe cumplir cada uno y los plazos.

    17 de abril de 20268 min de lectura

    Con la entrada en vigor de nuevas normativas fiscales en España, dos conceptos aparecen constantemente en las conversaciones de autónomos y empresas: Veri*factu y factura electrónica. Aunque ambos están relacionados con la digitalización de la facturación, son cosas distintas, con requisitos, plazos y obligaciones diferentes. En este artículo aclaramos todas las diferencias para que sepas exactamente qué te afecta.

    No son lo mismo

    El error más común es pensar que Veri*factu y factura electrónica son sinónimos. Veri*factu regula el software de facturación (cómo se generan y registran las facturas). La factura electrónica regula el formato del documento (cómo se envía la factura al cliente). Son normativas complementarias pero independientes.

    ¿Qué es Veri*factu?

    Veri*factu es el nombre coloquial del sistema de Verificación de Facturas regulado por el Reglamento de Requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación (RD 1007/2023). Establece los requisitos técnicos que deben cumplir los programas de facturación utilizados por empresas y autónomos en España. Su objetivo principal es evitar la manipulación de registros contables y garantizar la integridad de las facturas desde el momento en que se generan.

    NormativaRD 1007/2023, desarrollo del artículo 29.2.j) de la Ley General Tributaria
    OrigenLey 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (Ley Antifraude)
    ObligadosTodos los empresarios y profesionales que utilicen software de facturación
    Entrada en vigor1 de julio de 2026 (fabricantes) / 1 de enero de 2026 (contribuyentes)
    Qué regulaEl software de facturación: generación, registro y conservación de facturas
    Envío a la AEATOpcional (pero recomendado): envío automático de registros de facturación

    ¿Qué es la factura electrónica?

    La factura electrónica es un documento tributario generado, transmitido y almacenado en formato electrónico estructurado (como Facturae, UBL o CII). La obligación de facturación electrónica B2B en España viene regulada por la Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas (conocida como Ley Crea y Crece). Su objetivo es agilizar las relaciones comerciales entre empresas y reducir la morosidad.

    NormativaLey 18/2022 (Ley Crea y Crece), pendiente de desarrollo reglamentario
    ObligadosTodas las empresas y autónomos en operaciones B2B (entre empresas)
    FormatoFacturae 3.2.2 (formato oficial español) o formatos europeos compatibles
    Entrada en vigorFacturación > 8M€: 2027 / Resto: 2028 (pendiente de reglamento definitivo)
    Qué regulaEl formato y envío de la factura al cliente (documento electrónico estructurado)
    PlataformaSolución pública de intermediación de la AEAT (en desarrollo)

    Comparativa completa: Veri*factu vs Factura electrónica

    CaracterísticaVeri*factuFactura electrónica
    ObjetivoGarantizar la integridad del software de facturaciónDigitalizar el intercambio de facturas entre empresas
    NormativaRD 1007/2023 (Ley Antifraude)Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece)
    ¿Qué regula?El software que genera las facturasEl formato del documento factura
    DestinatarioLa AEAT (control fiscal)El cliente (relación comercial B2B)
    Formato técnicoXML de registro de facturación (hash encadenado)Facturae 3.2.2, UBL, CII
    ObligatoriedadDesde julio 2026Desde 2027-2028 (según facturación)
    Afecta a B2CSí (todas las facturas)No (solo operaciones B2B)
    Código QRObligatorio en facturasNo requerido específicamente
    Firma electrónicaRequerida para los registrosRequerida para el documento

    ¿A quién afecta cada normativa?

    3,4M

    Autónomos afectados por Veri*factu

    2,9M

    Empresas afectadas por factura electrónica B2B

    Jul 2026

    Plazo Veri*factu (fabricantes de software)

    2027-28

    Plazo factura electrónica B2B

    Veri*factu afecta a todos los empresarios y profesionales que emitan facturas, ya sean B2B o B2C. La obligación recae principalmente en los fabricantes de software, que deben adaptar sus programas, pero los usuarios (autónomos y empresas) deberán asegurarse de utilizar un software que cumpla los requisitos. La factura electrónica B2B afectará a todas las operaciones entre empresas y/o autónomos, pero no a las facturas a consumidores finales (B2C).

    ¿Se complementan o se sustituyen?

    Veri*factu y la factura electrónica son como el DNI y el pasaporte: ambos te identifican, pero sirven para cosas distintas y en contextos diferentes. Necesitarás cumplir con los dos.

    — Analogía utilizada por la AEAT en sus jornadas informativas

    Ambas normativas se complementan. En la práctica, un autónomo o empresa que opere en B2B deberá: (1) usar un software de facturación que cumpla con Veri*factu para generar las facturas, y (2) emitir esas facturas en formato electrónico estructurado cuando la obligación de factura electrónica entre en vigor. Son dos capas de cumplimiento que operan en momentos diferentes del proceso de facturación.

    Preguntas frecuentes

    Calendario de implantación

    Julio 2026

    Veri*factu: obligación para fabricantes de software

    Los fabricantes de software de facturación deben ofrecer soluciones que cumplan con el RD 1007/2023. Los sistemas deben generar registros de facturación con hash encadenado y permitir el envío voluntario a la AEAT.

    Enero 2027

    Factura electrónica B2B: empresas con facturación > 8M€

    Las empresas con un volumen de facturación superior a 8 millones de euros anuales deberán emitir y recibir facturas en formato electrónico en sus operaciones B2B.

    2028

    Factura electrónica B2B: resto de empresas y autónomos

    La obligación de factura electrónica B2B se extiende a todas las empresas y autónomos, independientemente de su volumen de facturación.

    No esperes al último momento

    Aunque los plazos de la factura electrónica parecen lejanos, la adaptación a Veri*factu ya es inminente. Elige un software que cubra ambas normativas desde el principio para evitar tener que migrar más adelante.

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